¿UN MUNDO SIN COOKIES? Cómo afecta el cambio a los datos recopilados con las nuevas directrices que entran en vigor

Si has llegado hasta este artículo es que necesitas información para comprender completamente el cambio, la interpretación de la normativa frente a las cookies y sus consecuencias.

El próximo 31 de Octubre de 2020 se va a producir un “gran” cambio en nuestra metodología de almacenamiento y análisis de datos.

¿Qué es lo que ha cambiado?

Lo que ha cambiado son las directrices del Comité Europeo de Protección de Datos sobre el consentimiento:
Las páginas web ya no pueden dejar cookies en el navegador del usuario si este no ha hecho una acción afirmativa previamente.  

Esto quiere decir que hasta que el usuario no acepte no podemos instalar nuestros rastreadores en forma de cookie. Antes bastaba con informar del uso de las mismas para poder hacerlo.

¿Por qué ha cambiado esta interpretación?

La interpretación ha cambiado con el fin de aclarar dos cuestiones:

  • La validez de la opción “seguir navegando” como forma de prestar el consentimiento por parte de los usuarios
  • La posibilidad de utilizar los conocidos como “muros de cookies”, aquellos que restringían el acceso al contenido sólo a los usuarios que aceptasen el uso de cookies.

Ninguna de estas dos cuestiones está ahora permitida. Se debe informar y obtener el consentimiento del usuario y aún en el caso de no dar su permiso, se debe permitir su navegación.

Esta acción afirmativa en forma de botón, encuentra su inspiración en el marketing de permiso que desarrolló Seth Godín, uno de los teóricos más importantes del marketing del siglo XXI.

El marketing de permiso es una estrategia que se opone al marketing de interrupción, buscando pedir permiso a los usuarios antes de enviarles información.

Godin llegó a la conclusión de que es mucho más efectivo ser respetuoso con el cliente, tratarle de forma inteligente, captar su interés y pedirle su consentimiento para empezar una relación comercial que avasallarle con publicidad no solicitada.

“No siempre las cookies y su permiso van a ser para enviar información comercial o muestras de anuncios, algunas de ellas son analíticas.”

¿A quién afecta este cambio?

Este cambio afecta a nivel usuario y a nivel empresa.

Desde el punto de vista de las analíticas, marketing y la publicidad, este cambio nos afecta a todos:

  • Afecta al usuario en que si no acepta el uso concreto de cookies dejará de recibir anuncios publicitarios relevantes y personalizados lo que provocará menor grado de interacción y efectividad de la publicidad. Además, perderían la identificación de cliente que permite que se inicie sesión más fácilmente e incluso se perdería el carro de compra abandonado entre una sesión y otra, es decir, no quedará guardado en su navegador ningún registro de su anterior visita.
  • Afecta directamente a las empresas en sus propias estadísticas y lectura de datos. Al no aceptar el usuario las cookies de seguimiento, no dispondremos de sus datos de navegación por lo que a efectos prácticos no quedaría registrada su visita.

¿Esto qué significa?

Antes las cookies se implantaban directamente al entrar en nuestra web hasta que el usuario denegase el uso de las mismas, con lo que podíamos controlar el total de visitas recibidas. Este cambio significa que ahora solo podremos contabilizar las visitas de aquellos usuarios que acepten el uso expreso de cookies.

¿Cómo afecta el cambio a los datos y su analítica?

Sin duda va a suponer una gran pérdida de volumen de datos, pero no afectará a la calidad de los mismos, ya que los datos que sí registremos serán fiables y realistas. Es probable que pasemos de contabilizar, por ejemplo, de 1000 visitas diarias a quizás 500 pero… ¿qué es lo que pasa con esas entradas perdidas?.  No te preocupes, los usuarios siguen estando ahí, no han desaparecido, pero ya no son contabilizados.

En cuanto a los resultados publicitarios, esta pérdida de volumen de datos si se va a traducir en grandes pérdidas de información, aparentemente con los resultados obtenidos parecerá que las campañas no están funcionando como anteriormente hacían ya que sus resultados de interacción serán más bajos.

Seguiremos pudiendo contabilizar cuantos “clics” se han recibido, pero no podremos saber si realmente han entrado a la web, ni que secciones de la misma han visitado ni que tipo de usuario ha hecho click.

No te asustes si ahora con la nueva normativa parece que tus campañas no funcionan: sí lo hacen, pero los datos de resultado de las mismas, serán menores.

De nuevo nos tocará hacer un extra por nuestra parte en cuanto a la interpretación de datos y ser conscientes de que los usuarios nos denegarán el rastreo, muchas veces por propia comodidad al poder rechazar directamente en vez de tener que realizar un “esfuerzo” por su parte de lectura sobre términos y condiciones.

¿QUÉ TIENE QUE TENER MI PÁGINA WEB PARA CUMPLIR AL 100% CON LA NORMATIVA DE PROTECCIÓN DE DATOS?

Además de las novedades respecto a las cookies referidas, podemos resumir

  1. Obtener consentimiento explícito, inequívoco, informado, entendible y verificable para poder gestionar sus datos e implementar las cookies en su navegador.
  2. Ofrecer a los usuarios y clientes información completa sobre el uso de su información y datos, a través de Un Aviso Legal y una Política de Privacidad actualizada.
  3. Detallar cuáles son todas las cookies empleadas. (no es obligatorio describir aquellas cookies necesarias para el funcionamiento de la página web como son las cookies visuales).
  4. El derecho a modificar, en cualquier momento, el consentimiento dado, especialmente en suscripciones de boletines, publicidad, etc.

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Laura Lacalle y Luis Pobes | Dep. Páginas web y Dep. Protección Datos) SOFT5

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